Tribunal rechazó recurso del diputado Juan Gabriel Bautista contra DS 28429

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, mediante Auto Constitucional 574/2005-CA, de 15 de noviembre de 2005, rechazó el Recurso Directo de Nulidad (RDN) interpuesto por el diputado Nacional Juan Gabriel Bautista, con el argumento de que al no ser la persona directamente agraviada, carece de legitimación activa para recurrir a nombre del Congreso Nacional o del Departamento de La Paz.
Respecto al argumento del recurrente en sentido de que presentó esta demanda en su condición de Diputado del Departamento de La Paz, los miembros de la Comisión de Admisión señalaron que este extremo no es atendible debido a que él no ostenta la calidad de persona directamente agraviada, o sea, la de receptora del perjuicio moral y material, en razón de que el Decreto Supremo 28429, de 1 de noviembre pasado, no tiene un alcance directo a su persona como tal.
La Comisión de Admisión determinó también que tampoco es atendible que lo haga en representación de Departamento de La Paz, por cuanto no tiene personalidad jurídica para ello, “toda vez que en el marco de la democracia representativa, un solo diputado no representa a un Departamento, por cuanto es la respectiva Brigada Parlamentaria la que asume tal representación”.
Asimismo, determinó que un representante parlamentario, sea Senador o Diputado, no tiene por sí solo representación para interponer recurso alguno a nombre del Poder Legislativo o de alguna de sus Cámaras.
De esta forma, dentro del término establecido por Ley, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional rechazó el Recurso Directo de Nulidad (RDN) presentado el pasado 8 de noviembre por el diputado Juan Gabriel Bautista por no haber cumplido con el requisito esencial de admisión previsto por el artículo 80 de la Ley 1836.
El Auto Constitucional 574/2005-CA, cuyo expediente es el número 12802, se encuentra a disposición de los interesados en la página Web del Tribunal Constitucional www.tribunalconstitucional.gov.bo.

15 de noviembre de 2005

Unidad de Pedagogía Constitucional y Prensa
Tribunal Constitucional

.

*
Ingrese este codigo
Anti-Spam Image