Tribunal Constitucional sorteó hoy expedientes de los recursos contra las convocatorias a elecciones

Cumpliendo con el compromiso asumido con el país en sentido de brindarle la máxima celeridad a la resolución de los recursos relacionados con las convocatorias a elecciones generales y prefecturales previstas para el 4 de diciembre, el Tribunal Constitucional procedió hoy, a tan sólo horas que haber recibido el apersonamiento y los alegatos del Presidente de la República y del Presidente del Congreso Nacional, al sorteo de los respectivos expedientes.

A partir de la fecha del sorteo, el Tribunal Constitucional tiene un término de 30 días hábiles para resolver los Recursos Directos o Abstractos de Inconstitucionalidad (RDI); no obstante, los Magistrados abreviaran dicho plazo a fin de emitir las respectivas resoluciones en el tiempo más breve posible.

En la actualidad, se tramitan en el Tribunal Constitucional los Recursos Directos o Abstractos de Inconstitucionalidad (RDI) interpuestos por la Diputada Nacional Marleny Paredes Villalba contra la Ley 3015 (De convocatoria a elecciones de Prefectos) y los Decretos Supremos 27988, 28077 y 28229; de esta misma persona contra el Decreto Supremo 28228 (De convocatoria a elecciones generales) y de Juan Luis Choque Armijo y, otros del distrito de Potosí, contra el Decreto Supremo 28228, también de convocatoria a elecciones generales.

Sucre, 11 de octubre de 2005

UNIDAD DE PEDAGOGÍA CONSTITUCIONAL Y COMUNICACIÓN
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Un Comentario para “Tribunal Constitucional sorteó hoy expedientes de los recursos contra las convocatorias a elecciones”

  1. Autor: Rodrigo K. Pereira R.

    Desde la creación de éste órgano poder, la voluntad del conjunto de sus miembros ha sido muy positiva en beneficio de nuestra sociedad que siempre ha clamado en su vivir el valor de justicia y, esto es lo que precisamente ha hecho el Tribunal Constitucional Boliviano en el marco del control constitucional dotado por el Constituyente, como boliviano, espero que la alta responsabilidad que significa administrar justicia, la educación y cultura de servicio a la sociedad que ha brindado éste órgano, perdure y sea un paradigma para los que vendrán y los demás que controlan y ejercen poder en los demás órganos e instituciones del Estado; en lo referente al tema, considero que el contraste constitucional de las disposicones infra constitucionales cuestionadas, no ameritarán mayor conflicto para depurarlas del ordenamiento jurídico, la voluntad del pueblo aunque incomplementamente expresada e identificada claramente en los textos que están inscritos en la Constitución, no pueden ser alterados de la forma más torpe, como lo han hecho los que dicen representarnos formalmente, porque en la realidad no son más que un espejismo que sigue autodestruyendo esa clase gobernante dominante que ha detentado el poder durante más de treinta años de supuesta democracia en perjuicio de los intereses del pueblo, sin comentar más sobre ésta temática y, aunque ésta situación escapa del ámbito competencial del Tribunal, antes de pensar en la elección de un nuevo Presidente y Vicepresidente por el período faltante de casi dos año y que por cierto tiene que suceder (NO ASÍ CONGRESISTAS PORQUE ASÍ DISPONE LA CONSTITUCIÓN), nuestras autoridades debían haber pensado un poquito y, anteponer prioridades de interés nacional llevando a cabo lo antes posible lo que el pueblo pide “LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE”.

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