Acuerdo Jurisdiccional N°05/2007-Bis
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-- Mie -- 23 May 2007 |
Atendiendo las consultas realizadas al Tribunal Constitucional, referidas al mecanismo de selección de expedientes para sorteo por parte de la Comisión de Admisión, el pleno de este Tribunal pone a disposición el Acuerdo Jurisdiccional N°05/2007-Bis de fecha 24 de enero del 2007, que establece la selección de expedientes para sorteo.

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27, Julio 2007 a las 10:58 am
Deseo preguntar ¿Qué pasa con los Amparos Constitucionales que en primera instancia merecierón un fallo mixto, es decir se concedió en parte la tutela solicitada y se denego en parte?.
Gracias.
Otto Andrés Ritter Méndez.
13, Agosto 2007 a las 3:20 pm
Muy respetuosamente, me gustaría poder conocer, que sucede con los Amparos Constitucionales en los cuales, “ERRONEAMENTE” y sin ninguna sindéresis Jurídica, los Tribunales de Amparo los declaran “DESIERTOS” cuando no se presenta el recurrente a la audiencia, contrariando la Ley No. 1836 y las resoluciones del Sumo Tribunal Constitucional.
Son los miembros de los Tribunales de Amparo afectos a sanciones cuando emiten este tipo de ILEGALES RESOLUCIONES?
18, Agosto 2007 a las 3:13 pm
Consideró necesario el qué se PUBLIQUEN en la página web del Tribunal Constitucional, los SORTEOS de expedientes en revisión, en pos de qué los sujetos procesales puedan cuando ménos contar con espectativa de lapso para resolución.
La carencia de aquella información, hace que los sujetos procesales qué radican en localidades distintas a Chuquisaca, no puedan efectuar un adecuado seguimiento a los procedimientos constitucionales que tienen en trámite, con relación a sus posibles apersonamientos, alegatos, Etc.